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La Comisión Europea tomará medidas contra España y otros seis estados de la UE por no sancionar a VW por el asunto de las emisiones

La carta de emplazamiento es la primera etapa de un procedimiento de infracción y constituye una petición oficial de información. Los Estados miembros disponen ahora de dos meses para responder a las alegaciones presentadas por […]

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La carta de emplazamiento es la primera etapa de un procedimiento de infracción y constituye una petición oficial de información. Los Estados miembros disponen ahora de dos meses para responder a las alegaciones presentadas por la Comisión. De no hacerlo así, la Comisión puede enviarles un dictamen motivado

Bruselas, 8 de diciembre de 2016

La Comisión Europea ha anunciado este jueves que sancionará a España y otros seis Estados miembros por haber incumplido las obligaciones que les incumben en virtud de la legislación de la Unión sobre la homologación de tipo de los vehículos. En concreto por no haber establecido sistemas de sanciones para disuadir a los fabricantes de infringir la legislación en materia de emisiones de los coches, o por no aplicar dichas sanciones cuando tales infracciones ocurren.

La Comisión actúa hoy en contra de Alemania, Chequia, España, Grecia, Lituania, Luxemburgo y el Reino Unido por no respetar la normativa de la Unión sobre la homologación de tipo de los vehículos.

En palabras de la comisaria Elżbieta Bieńkowska, responsable de Mercado Interior, Industria, Emprendimiento y Pymes: «Cumplir la Ley es el primer y principal deber de los fabricantes de automóviles, pero las autoridades nacionales de los Estados miembros de la Unión deben garantizar que los fabricantes, en efecto, así lo hagan.Con vistas al futuro, la Comisión ha presentado propuestas para aumentar la vigilancia a escala europea y para hacer más sólido el sistema de homologación de tipo. Contamos con que el Parlamento Europeo y el Consejo lleguen a un acuerdo rápidamente».

De conformidad con el artículo 46 de la Directiva 2007/46 y, de manera aún más específica, con el artículo 13 del Reglamento (CE) n.º 715/2007, que es directamente aplicable, los Estados miembros deben disponer de sistemas de sanciones eficaces, proporcionadas y disuasorias para impedir a los fabricantes de automóviles infringir la Ley. En caso de infracción, por ejemplo mediante el uso de dispositivos de desactivación que reduzcan la efectividad de los sistemas de control de las emisiones, dichas sanciones deben aplicarse.

La Comisión envía hoy cartas de emplazamiento a Chequia, Grecia y Lituania, puesto que no han introducido estos sistemas de sanciones en su Derecho nacional. La Comisión está también iniciando procedimientos de infracción contra Alemania, España, Luxemburgo y el Reino Unido —los Estados miembros que expidieron homologaciones al Grupo Volkswagen en la Unión— por no haber aplicado sus disposiciones nacionales en materia de sanciones, pese a que la empresa utilizó dispositivos de desactivación.

Además, la Comisión considera que Alemania y el Reino Unido infringieron la Ley al negarse a revelar, cuando la Comisión así se lo pidió, toda la información técnica recabada en sus investigaciones nacionales en relación con las posibles irregularidades en las emisiones de óxido de nitrógeno (NOx) de los coches del Grupo Volkswagen y otros fabricantes de automóviles en sus territorios.

La carta de emplazamiento es la primera etapa de un procedimiento de infracción y constituye una petición oficial de información. Los Estados miembros disponen ahora de dos meses para responder a las alegaciones presentadas por la Comisión. De no hacerlo así, la Comisión puede enviarles un dictamen motivado.

Contexto

La Comisión está siguiendo muy de cerca el control y la vigilancia del cumplimiento, por parte de las autoridades nacionales, de la normativa de la Unión relativa al sector automovilístico.

En el actual sistema de homologación de tipo (la Directiva 2007/46, que establece el marco general, y el Reglamento (CE) n.º 715/2007, que fija los límites de emisiones Euro 5 y Euro 6), las autoridades nacionales son las responsables de comprobar que un modelo de coche cumple las normas de la Unión antes de poder venderse en el mercado único. También deben adoptar medidas correctoras e imponer sanciones cuando un fabricante incumple esos requisitos.

La autoridad de homologación alemana, la Kraftfahrt-Bundesamt (KBA) (Oficina Federal de Vehículos de Motor), descubrió que el Grupo Volkswagen había infringido la prohibición establecida en la legislación de la Unión de utilizar dispositivos de desactivación para que el control de las emisiones solo sea efectivo durante los ensayos de laboratorio (artículo 5 del Reglamento 715/2007).

Tras saberse, en septiembre de 2015, que el Grupo Volkswagen utilizaba un dispositivo de desactivación para eludir las normas sobre emisiones de determinados contaminantes atmosféricos, la Comisión instó a los Estados miembros a realizar las comprobaciones necesarias en relación con la posible presencia de dichos dispositivos en los vehículos que circulaban por sus territorios, y a garantizar que las normas sobre las emisiones contaminantes se respetaran escrupulosamente.

La Comisión recibió los informes finales de las investigaciones llevadas a cabo en el Reino Unido y en Alemania el 21 y el 22 de abril 2016, respectivamente. La Comisión está analizando estos informes y solicita pleno acceso a la metodología y los datos utilizados antes de poder extraer sus propias conclusiones.

La Comisión ha dado asimismo pasos importantes para conseguir que los vehículos sean más respetuosos con el medio ambiente y para restablecer la confianza de los consumidores.

Ha introducido métodos de ensayo más sólidos y realistas para la medición de las emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx) y de CO2 de los vehículos y ha presentado una propuesta de Reglamento relativo a la homologación y la vigilancia del mercado de los vehículos de motor que garantizaría una calidad e independencia mayores de los ensayos de los vehículos, más vigilancia de los automóviles que ya están en circulación y una mayor supervisión europea, con la posibilidad de que la Comisión imponga directamente multas a los fabricantes de automóviles o a los servicios técnicos que no respeten las normas.

 

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