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Decretan la apertura de juicio oral contra los cinco sevillanos por la violación grupal en los Sanfermines

Los magistrados han emplazado al Ministerio Fiscal para que presente en cinco días su escrito de acusación La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha confirmado la conclusión de la instrucción de la supuesta […]

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Los magistrados han emplazado al Ministerio Fiscal para que presente en cinco días su escrito de acusación

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha confirmado la conclusión de la instrucción de la supuesta violación grupal de los pasados Sanfermines, ha decretado la apertura de juicio oral y ha emplazado al Ministerio Fiscal para que presente en cinco días su escrito de acusación.

Por otra parte, este tribunal ha desestimado la petición de archivo de las actuaciones solicitada por las defensas.

La Audiencia destacó en su auto inicial del pasado noviembre, sobre la supuesta violación de una joven madrileña de 18 años la madrugada del pasado 7 de julio en Pamplona, y en relación con los indicios de criminalidad existentes, el testimonio de la denunciante que, con independencia de determinados matices y detalles, ha sido coherente, contundente y reiterado en los aspectos esenciales, como que fue introducida por la fuerza en el portal en el que se desarrollaron los hechos, en donde contra su voluntad fue objeto de las agresiones sexuales.

Al respecto, el tribunal reiteró que hay datos que corroboran su declaración, como el propio estado en el que la denunciante se encontraba minutos después de los hechos al ser hallada por dos personas. Estas declararon ante el juzgado de instrucción que la joven se hallaba nerviosa y llorando sentada en un banco, estado que sería acorde con la veracidad de su testimonio, y que, seguidamente, apreciarían los agentes policiales inicialmente actuantes.

Además, la Audiencia destacó en su día que la denunciante no conocía anteriormente a los supuestos agresores, por lo que no se aprecia que pudiere tener algún interés en perjudicarles, ni consta ningún otro posible móvil espurio en su denuncia, lo que otorga solidez a su testimonio.

A mayor abundamiento, el tribunal resaltó la existencia de la grabación de parte de los hechos, que ostenta gran importancia al permitir la observación de una situación acorde con la realidad de los actos de naturaleza sexual denunciados y que se pudiera corresponder con la narrada por la denunciante.

“Esa grabación, valorada a los efectos que ahora nos ocupan, corrobora en parte, siquiera indiciariamente, la versión de la denunciante, apreciándose en ella esos actos de naturaleza sexual, y observándose a la denunciante con cinco varones que realizaban esos actos con ella, estando la misma con los ojos cerrados, en actitud aparentemente pasiva y omitiendo cualquier expresión ante la acción de los investigados”, concluyen los magistrados.

Asimismo, la Audiencia estimó que no puede dejar de destacarse el contenido de los informes psicológicos, que ponen de manifiesto una serie de datos que avalarían la posible veracidad del testimonio de la denunciante, en la que ha llegado a apreciarse un estrés postraumático.

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