Pamplona Actual

Desestiman la demanda de Asiron contra el ex alcalde de Berrioplano por un post en la red social X

El juez califica las expresiones como "objetivamente ofensivas" si se aíslan del contexto, pero las ampara bajo la libertad de expresión

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

  • Collage horizontal

El Juzgado de Instrucción nº7 de Pamplona ha desestimado la demanda interpuesta por el alcalde Joseba Asiron contra el concejal de UPN y ex alcalde de Berrioplano, Raúl Julio Bator Pérez por una supuesta intromisión en su derecho al honor derivada de un tuit publicado en 2024. La sentencia, dictada el 15 de enero de 2026, absuelve al demandado sin imposición de costas y reconoce la prevalencia de la libertad de expresión en un contexto de crítica política.​

El litigio se originó en un mensaje que Bator, exalcalde de Berrioplano por UPN, retuiteó el 17 de septiembre de 2024 en su cuenta de X (antes Twitter), replicando parcialmente un post de Vox Navarra: "El alcalde etarra de Pamplona patrocina, con el dinero de todos los pamploneses, el cartel de las fiestas de San Fermín chiquito (sic) de 2024 lleno de simbología proetarra", acompañado de la imagen del cartel. Asiron, alcalde por EH Bildu, reclama 30.000 euros de indemnización, alegando que la expresión "etarra" le imputaba falsamente pertenencia a ETA y dañaba su reputación, con el tuit alcanzando 8.071 reproducciones.​ Asiron recuerda además que ya ha condenado la violencia de ETA, como el asesinato del edil de UPN, Tomás Caballero. 

El juez califica las expresiones como "objetivamente ofensivas" si se aíslan del contexto, pero las ampara bajo la libertad de expresión dada la oposición ideológica entre las partes y la crítica al uso de fondos públicos en un cartel con símbolos nacionalistas vascos y de apoyo a presos de ETA. Cita como precedente prejudicial dos sentencias previas contra Vox Navarra por los mismos hechos: la de primera instancia (8 de mayo de 2025) y la de apelación de la Audiencia Provincial de Navarra (11 de noviembre de 2025), ambas desestimatorias.​

Argumentos y resolución

Bator defendió que su publicación era un "corta y pega" de Vox, no un contenido propio, y que "etarra" aludía al entorno de ETA en un debate político legítimo, con solo 2.064 seguidores en su perfil. El Ministerio Fiscal respaldó esta tesis, priorizando la libertad de expresión en críticas políticas. El tribunal difiere de las sentencias previas solo en costas, considerándolas injustificadas por la "carga subjetiva" en la valoración de honor versus expresión y la justificación de la demanda.​

La resolución no es firme y puede recurrirse en apelación ante la Audiencia Provincial de Navarra en 20 días hábiles. Este caso ilustra las tensiones entre derechos fundamentales en redes sociales y el debate político en Pamplona, donde eventos como la inclusión de actividades como brindis en San Fermín Txikito generan controversia recurrentemente. 

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN