La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a siete jóvenes a penas de 14 y 13 años de prisión por un delito continuado de violación. Seis de ellos han sido considerados autores responsables, mientras que el séptimo ha sido condenado como cooperador necesario. Además, se les ha impuesto la inhabilitación para ejercer cualquier actividad que implique contacto con menores durante 19 y 18 años, respectivamente. También se les ha prohibido acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante 16 años.
El tribunal ha absuelto a los acusados del delito de lesiones al considerar que las lesiones sufridas por la víctima son consecuencia del delito de violación, y no constituyen un delito autónomo. En cuanto a la responsabilidad civil, se ha fijado una indemnización de 50.000 euros por lesiones y daños morales, tal como solicitó el Ministerio Fiscal. La condena también incluye una medida de libertad vigilada durante ocho años, que se aplicará tras el cumplimiento de las penas de prisión.
Un plan colectivo para someter a la víctima
Los hechos juzgados comenzaron el 23 de junio de 2020, cuando uno de los condenados invitó a la víctima a una fiesta, que posteriormente fue cancelada. En su lugar, le propuso ir a la casa de otro de los acusados, donde la joven fue retenida durante dos días y medio. Durante este tiempo, fue sometida a continuas agresiones sexuales. El tribunal ha concluido que existía un plan colectivo para someter a la víctima, aprovechando la superioridad numérica y de fuerza.
El tribunal ha rechazado las alegaciones de las defensas, que argumentaban que la víctima consintió las relaciones. Los magistrados han considerado que el relato de la víctima es verosímil y creíble, y que las grabaciones realizadas por uno de los acusados corroboran su declaración. Los vídeos, grabados el 24 de junio de 2020, han sido fundamentales para sustentar la acusación.
Intimidación ambiental y agravantes en la condena
La sentencia destaca que la víctima fue sometida a una situación de intimidación ambiental, producida por la presencia de varias personas. Aunque uno de los acusados no mantuvo relaciones sexuales con penetración, sí participó en el plan conjunto que creó dicha situación. El tribunal ha aplicado agravantes en la condena debido al carácter degradante y vejatorio de la violencia e intimidación ejercidas, así como por la actuación conjunta de varias personas.
Finalmente, los magistrados han ordenado que, al abrirse la ejecutoria correspondiente, se tramite una pieza separada para que las penas de prisión de los condenados extranjeros sean sustituidas por su expulsión del territorio del Estado español. La sentencia puede ser recurrida ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en un plazo de diez días desde su notificación.





