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Absuelven a dos hombres acusados de intentar vender por Wallapop cuatro ruedas de coche robadas

Para el tribunal, la juez introdujo hechos que la acusación no había establecido en sus conclusiones definitivas, lo que vulnera el derecho de defensa de los acusados

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La Audiencia Provincial de Toledo ha decidido absolver a dos individuos previamente condenados a siete meses de prisión por un delito de receptación. Estos individuos habían sido acusados de poner a la venta en Wallapop cuatro ruedas que fueron robadas de un Mercedes por autores desconocidos. Aunque el valor de las ruedas sustraídas se estimó en 1.200 euros, los daños al vehículo alcanzaron los 4.826,50 euros.

El principio acusatorio, clave en la absolución de los acusados

Los acusados apelaron la sentencia inicial basándose en dos argumentos principales. Primero, alegaron una violación de la presunción de inocencia, argumentando que no se había probado que las ruedas que vendieron fueran las mismas que las robadas, ni que conocieran su origen ilícito. En segundo lugar, denunciaron una infracción procesal, señalando que la modificación de la calificación durante el juicio, aceptada por la juez a quo y realizada por el Ministerio Fiscal, había vulnerado su derecho de defensa.

La Sala de la Audiencia Provincial de Toledo consideró que la juez había introducido hechos no establecidos en las conclusiones definitivas de la acusación, lo que vulneraba el principio acusatorio. Según el tribunal, el Ministerio Fiscal había modificado la clasificación del delito, pero no los hechos, dejando a la juez a quo la tarea de incluir en el relato que los acusados conocían el origen ilícito de las ruedas. Esto fue clave para que los magistrados determinaran que el recurso debía ser estimado, revocando así la sentencia inicial y absolviendo a los acusados.

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