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Condena por homicidio imprudente en Castilla y León tras el ataque de una jauría de pastoreo

La Audiencia Provincial de Zamora condena a dos años y medio de cárcel al ganadero cuyos perros mataron a una joven en 2023.

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La Audiencia Provincial de Zamora ha dictado una sentencia de dos años y medio de prisión para el dueño de una explotación ovina por un delito de homicidio por imprudencia grave. El tribunal penal considera al ganadero responsable directo del ataque mortal de sus perros a una joven de 27 años, ocurrido el 23 de octubre de 2023. Además de la pena de cárcel, el fallo judicial establece que el condenado deberá abonar una indemnización de 250.000 euros a los padres de la víctima.

Maltrato animal y falta de custodia en las explotaciones ovinas

La investigación y el relato de los hechos probados de la sentencia confirman que el acusado mantenía a sus siete perros de raza carea y mastín en un estado de total abandono. Incumpliendo de forma sistemática las normas básicas de atención, bienestar y custodia de la legislación vigente sobre animales potencialmente peligrosos, los canes se encontraban completamente aislados del contacto humano (salvo por el propio pastor), sueltos, sin vigilancia, mal alimentados y sin asegurar.

El fatídico ataque se produjo cuando la víctima paseaba por los alrededores de la finca y fue sorprendida por varios de los animales. Las agresiones le provocaron un shock traumático-hemorrágico por múltiples mordeduras que causó su posterior fallecimiento en el acto.

Responsabilidad civil de los dueños de perros y seguridad en el medio rural

El tribunal señala que todos los testigos que declararon en el plenario coincidieron en que el acusado y propietario de la explotación ganadera no estaba presente en el lugar en el momento del suceso. Esta ausencia del titular evidencia una evidente falta de custodia, control y cuidado de los perros, los cuales representaban un peligro real y manifiesto debido a sus características físicas, gran envergadura y temperamento agresivo por la falta de socialización.

Las pruebas periciales demostraron que al menos cuatro de los cinco canes implicados se encontraban completamente sueltos, sin cadenas ni bozales, dentro de una parcela que carecía de cualquier tipo de cerramiento, vallado o delimitación respecto al camino de uso público. Al no existir amarre ni vigilancia activa, los animales campaban libremente tanto por la finca privada como por los alrededores, permitiendo su acceso incontrolado a la vía pública.

Cabe destacar que la sentencia penal no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación por parte de la defensa del ganadero vallisoletano.

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