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El Parlamento de La Rioja aprueba la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas para 2023, que entrará en vigor el primero de enero

El Parlamento de La Rioja ha aprobado hoy la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas para 2023, normativa que sale adelante en tiempo y forma para entrar en vigor el primero de enero. En cuanto […]

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El Parlamento de La Rioja ha aprobado hoy la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas para 2023, normativa que sale adelante en tiempo y forma para entrar en vigor el primero de enero. En cuanto a las medidas fiscales, el texto contiene normas relativas a tributos propios. En primer lugar, se suspende desde el 1 de enero de 2023 la aplicación del impuesto sobre la eliminación de residuos en vertederos de La Rioja, sin perjuicio de establecer un régimen transitorio para los hechos imponibles realizados durante el cuarto trimestre. El motivo es la creación de un impuesto estatal cuyo rendimiento se cede íntegramente a las Comunidades Autónomas. Su entrada en vigor tendrá lugar el 1 de enero de 2023.

 

Por otro lado, se modifican cuatro tasas:

La de expedición de títulos académicos, en relación con los títulos de Formación Profesional, para ajustarla a la denominación prevista en la Ley Orgánica 3/2022 de ordenación e integración de la Formación Profesional y en relación con las Enseñanzas Artísticas Superiores.
Se regula la tasa por emisión de certificados de exportación de productos ecológicos.
Se reduce al 50% de la tasa de servicios facultativos veterinarios en el caso de movimientos de las especies bovina, ovina, caprina y equina, con destino a aprovechamiento de pastos, es decir cuando no están destinados a la venta a otros ganaderos o a su sacrificio en mataderos.
Las tasas relativas a Registros Industriales, eliminando las correspondientes a los cambios de titularidad para incentivar que estos cambios se comuniquen correctamente.

 

Con carácter transitorio, se establece la exención durante 2023 de determinadas tasas relacionadas con las actividades agrícolas y ganaderas con el fin de fortalecer la viabilidad y normal funcionamiento de las explotaciones riojanas.

 

Medidas administrativas

Las medidas administrativas de la Ley recogen la modificación de diversas leyes y adopta algunas medidas independientes, con el objetivo de facilitar la consecución de los fines previstos en la Ley de Presupuestos, ya que por su contenido se encuentra ligado a la ejecución del gasto, y también aquellas cuya aprobación conviene no demorar por razón de su urgencia.

 

Medidas en materia de gratuidad de material escolar, para que siga siendo aplicable la Orden de 2018 de gratuidad de libros de texto y material curricular en previsión de que no esté disponible en el plazo de matriculación el desarrollo normativo de la Ley 5/2018. Su objeto es garantizar, de manera gradual, la gratuidad de los mismos a todos los alumnos que cursen las enseñanzas de Educación Primaria, ESO y FP Básica en todos los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, incluyendo al alumnado de educación especial.
Medidas en materia de contratación administrativa, por un lado, con la finalidad de favorecer el funcionamiento ordinario de la mesa de contratación y por otro para crear la Comisión Delegada para la Coordinación de la Contratación Pública. Tendrá naturaleza permanente y un régimen de funcionamiento que se aleja y singulariza con respecto al régimen jurídico de las restantes Comisiones Delegadas, lo cual se justifica por el carácter estratégico de la contratación pública y la especialidad de la materia y de las funciones que se le atribuyen. En coherencia con lo anterior se deroga la disposición que declara la vigencia de la Comisión Delegada del Gobierno de Adquisiciones e Inversiones.

 

También en esta materia se regula el plazo para la resolución contractual de contratos administrativos tanto autonómicos como locales para resolver cuestiones suscitadas por la sentencia 68/2021 del Tribunal Constitucional.

 

Medidas en relación con el nombramiento de los miembros del Gobierno, con el fin de aclarar el procedimiento para el nombramiento de un alto cargo del Gobierno de La Rioja como Consejero.
Medidas en materia de empleo público eliminando el requisito mínimo de permanencia de dos años en su puesto de trabajo para poder participar en los concursos derivados del proceso de estabilización.
Medidas en materia de Hacienda Pública, introduciendo la obligación a la Intervención General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a través de la persona titular de la Consejería con competencias en materia de hacienda, de remitir al Tribunal de Cuentas y al Consejo de Gobierno informe anual sobre el seguimiento de los expedientes de reintegro y sancionadores derivados del ejercicio del control financiero, recogiendo así la recomendación del Tribunal de Cuentas.
Medidas en materia de Farmacia, con el fin de garantizar el principio de igualdad en la apertura de oficinas de farmacia, siguiendo la doctrina dictada por el Tribunal Constitucional.
Medidas en materia de Salud, con la finalidad de avanzar en la consolidación del sistema público sanitario riojano identificando, para ello, como modo de gestión principal y prioritario el de gestión directa, entendiendo como tal, el que se presta a través de la Administración Pública o de entidades de entre las que conforman su sector público. Únicamente en supuestos excepcionales y justificados, bajo una visión complementaria y nunca sustitutoria, se habilita la gestión indirecta de los servicios públicos sanitarios y sociosanitarios.

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