El Gobierno de Navarra ha dado un paso significativo hacia la transparencia y la eficacia en la gestión pública al aprobar un decreto foral que establece un sistema para calcular y hacer público el coste efectivo de los servicios prestados por las entidades locales. Esta medida se alinea con la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
El objetivo principal del decreto es mejorar la transparencia en la gestión de los recursos públicos, permitiendo a las entidades locales de Navarra valorar el coste efectivo de los servicios públicos que ofrecen. Además, busca facilitar la adopción de decisiones informadas y la elaboración y evaluación de los presupuestos, promoviendo así una gestión más eficiente y eficaz de los recursos disponibles.
Primer envío de información, antes del 1 de noviembre de 2027
Según lo establecido en el decreto, las entidades locales deberán calcular el coste efectivo de todos los servicios prestados, ya sea de manera directa o a través de entidades vinculadas, y remitir esta información al Gobierno de Navarra antes del 1 de noviembre de cada año. Esta información se publicará en el portal web del Ejecutivo foral antes del 1 de diciembre, garantizando así el acceso público a estos datos.
Antes de la implementación de este sistema, se llevaron a cabo 12 reuniones de formación para el personal de intervención y secretarías en las entidades locales, y se adecuaron las herramientas informáticas necesarias. Esto asegura que el personal esté preparado para cumplir con los nuevos requisitos y que las entidades locales cuenten con los recursos necesarios para calcular y reportar el coste efectivo de sus servicios.
El decreto foral también destaca la capacidad del territorio para regular los criterios del cálculo del coste de los servicios de manera más adecuada a su realidad. La Dirección General de Administración Local y Despoblación será la encargada de recibir la información de las entidades locales, en lugar del Ministerio de Hacienda, lo que refuerza la autonomía del territorio en la gestión de sus asuntos locales.
La primera remisión de información sobre el coste de los servicios prestados en el ámbito local se realizará para el ejercicio de 2026, y deberá llevarse a cabo antes del 1 de noviembre de 2027. Este plazo brinda a las entidades locales el tiempo necesario para adaptarse a los nuevos requisitos y asegurar que la información reportada sea precisa y completa.
Clasificación de servicios y cálculo de costes
El cálculo de los costes efectivos tendrá en cuenta tanto los costes directos, vinculados exclusivamente a un servicio, como los costes indirectos, que requieren de una clave de reparto para su imputación a los diferentes servicios. El decreto describe dos categorías de servicios: finalistas, que se corresponden con el catálogo de prestaciones que ofrece la entidad, y no finalistas, que constituyen un apoyo necesario a los primeros.
En la categoría de servicios no finalistas, se distinguen los servicios auxiliares, que realizan tareas de apoyo necesarias, y los generales o transversales, que corresponden a los gastos de la tecno-estructura de las entidades. Estos gastos se basan en actividades administrativas o generales que permiten el funcionamiento de las entidades.
El coste efectivo de cada servicio prestado por las entidades obligadas se determinará sumando el coste operativo del servicio, que incluye el gasto de personal, costes corrientes y de amortización, más los costes de las actividades de administración y gestión y el coste transversal del servicio. Esta metodología asegura que todos los aspectos del servicio se consideren en el cálculo del coste efectivo, proporcionando una visión completa y precisa del uso de los recursos públicos.






