La Audiencia Nacional ha condenado al comisario jubilado José Manuel Villarejo a tres años y seis meses de prisión por acceder sin autorización al contenido de la tarjeta de memoria del teléfono móvil robado a Dina Bousselham, entonces asesora de Pablo Iglesias, y distribuirlo a periodistas de su entorno para publicar informaciones en descrédito de Podemos y de su secretario general.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal le condena como autor de un delito de revelación de secretos de particulares cometido por funcionario público. La sentencia, correspondiente a la pieza separada conocida como 'Dina' dentro de la macrocausa Tándem, aplica una atenuante de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido desde que se abrió la investigación en 2017 hasta el juicio.
Cómo llegó la tarjeta a manos de Villarejo
Según los hechos probados, el móvil de Bousselham fue sustraído en noviembre de 2015 en un establecimiento comercial. Meses después, la tarjeta de memoria del teléfono llegó en un sobre a la sede del Grupo Zeta, editorial de la revista Interviú. Sus directivos examinaron el contenido y decidieron no publicar nada, contactando con Pablo Iglesias al considerar que los archivos podrían pertenecerle. Iglesias recuperó la tarjeta y la retuvo durante seis meses sin informar de ello a Bousselham.
Antes de esa devolución, el director de Interviú había hecho una copia íntegra del contenido y, junto al subdirector, se la entregó a Villarejo. El comisario, que en ese momento estaba destinado en la Dirección Adjunta Operativa del Cuerpo Nacional de Policía y se jubilaría en junio de 2016, descargó los archivos en un lápiz de memoria y los distribuyó a periodistas de su círculo de confianza.
La tarjeta contenía documentos internos de Podemos, datos bancarios, archivos de audio y vídeo, fotografías íntimas de Bousselham y conversaciones de grupos de Telegram de la cúpula del partido.
El tribunal subraya que Villarejo no tenía ninguna función policial relacionada con Podemos en esas fechas, no informó a sus superiores de lo que estaba haciendo y actuó al margen de cualquier investigación judicial o policial. Se valió, dice la sentencia, de su experiencia en inteligencia policial y manejo de fuentes para acceder a información privada y canalizarla hacia la prensa con el objetivo de dañar al partido.
Daño moral acreditado sin necesidad de prueba adicional
El tribunal considera que tanto Bousselham como Iglesias tienen derecho a indemnización. Para la exasesora fija 5.000 euros, al haber quedado su vida íntima completamente expuesta. Para Iglesias, 1.000 euros. La Audiencia recuerda que este tipo de delitos generan por su mera existencia un daño moral que no requiere prueba suplementaria, produciendo en la víctima sensaciones de inseguridad, desprotección y desasosiego. De las indemnizaciones responderá subsidiariamente la Administración General del Estado.
El director y el subdirector de Interviú, que también fueron juzgados en esta pieza, quedaron exonerados tras retirar la acusación particular y la Fiscalía los cargos contra ellos.



