También ha aprobado la revalorización de las pensiones públicas en un 0,25 por ciento, el porcentaje que establece la Ley General de la Seguridad Social.
Madrid, 30 de diciembre
El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta de los ministros de Hacienda y Función Pública, y de Empleo y Seguridad Social, el Real Decreto que establece la revalorización de las pensiones públicas del sistema de la Seguridad Social, sobre revalorización de pensiones de clases pasivas y sobre otras prestaciones sociales públicas para 2017, según el cual el conjunto de las pensiones y prestaciones económicas subirá el 0,25 por 100.
Las previsiones de la Seguridad Social son que el incremento afectará a 9.476.780 pensiones contributivas, 455.229 pensiones no contributivas y 191.240 prestaciones familiares.
De las 9.476.780 pensiones contributivas que se revalorizarán este 1 de enero, seis de cada diez son de jubilación. El coste total de la revalorización para 2017 alcanza los 288,23 millones de euros y el límite máximo de pensiones públicas se fija a partir del 1 de enero de 2017 en 2.573,70 euros por mes (el pasado año era de 2.567,28).
En cuanto a las correspondientes a clases pasivas, son 625.332 pensiones con un coste total de revalorización que alcanza los 33,81 millones de euros. El Real Decreto establece también los importes de las pensiones mínimas de clases pasivas y el límite máximo de percepción de pensiones públicas para 2017, así como las cuantías de los haberes reguladores aplicables para la determinación inicial de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado.
Otras revalorizaciones
De la misma forma, el Real Decreto hoy aprobado fija la revalorización del 0,25 por 100 de las cuantías mínimas de las pensiones de clases pasivas y del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, de las pensiones no contributivas y de las pensiones no concurrentes del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez. Además, se actualizan la cuantías de las asignaciones a favor de hijos con discapacidad con dieciocho o más años.
Se regula también la revalorización de las pensiones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales; de las pensiones extraordinarias derivadas de actos de terrorismo; de las pensiones reconocidas en aplicación de normas internacionales; las normas sobre concurrencias de pensiones y la financiación y la gestión de la revalorización.
Aplicación en ausencia de Presupuestos Generales para 2017
El Real Decreto regulador de la revalorización de las pensiones es una norma de carácter anual que, con una estructura y contenido repetitivos, sirve para desarrollar las previsiones que al respecto se contienen en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado; pero, debido a las circunstancias excepcionales que concurren en el presente ejercicio derivadas de la prórroga presupuestaria, se ha optado por una regulación más sencilla referida exclusivamente a determinar las pensiones susceptibles de revalorización, así como fijar sus cuantías.
Esta revalorización mínima se aplica en ausencia de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017. Cuando se apruebe la referida Ley de Presupuestos, se aplicará de forma específica la fórmula de revalorización y la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal emitirá opinión respecto de los valores calculados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.