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Una enfermera se niega a sacar sangre a una mujer con tatuajes en el centro de Salud de Ansoáin

El Defensor del Pueblo de Navarra afea esta conducta pese a que la enfermera dice que no tuvo intención discriminatoria

  • Un sanitario mira un bote con sangre -

Un recordatorio con forma de tirón de orejas. Eso es lo que ha recibido estos días el Departamento de Salud del Gobierno de Navarra por parte del Defensor del Pueblo, tras constatar que una paciente fue humillada y discriminada por una enfermera del Centro de Salud de Ansoáin simplemente por lucir tatuajes visibles.

Los hechos ocurrieron el pasado 27 de mayo, cuando la mujer acudió a una cita para una analítica rutinaria. Según relata en su queja, la profesional sanitaria no solo le dirigió comentarios despectivos sobre su aspecto, sino que llegó a negarse a realizar la extracción de sangre, alegando absurdamente que era “un problema pinchar sobre piel tatuada”. La paciente tuvo que ser atendida finalmente por otra enfermera, que completó la prueba sin objeciones ni comentarios.

“Me humilló delante de sus compañeras y de otros pacientes, comparándome con otra persona sin tatuajes, lo que me hizo sentir avergonzada y discriminada públicamente”, denuncia la afectada en su escrito al Defensor del Pueblo. “Este comportamiento vulnera mi dignidad como paciente y constituye una negación de atención sanitaria”.

Tras recibir la queja, la oficina del Defensor del Pueblo abrió expediente (Q25/725) y trasladó el caso al Departamento de Salud. En su respuesta, la Gerencia de Atención Primaria lamenta lo ocurrido y admite que ciertas expresiones pueden resultar “inapropiadas o poco respetuosas”, aunque la profesional implicada niega haber actuado con intención discriminatoria. Sin embargo, en ningún momento se desmiente el hecho de que se negara la atención o se derivara a otra compañera.

A juicio del Defensor del Pueblo, tanto los comentarios como la negativa a realizar la extracción vulneraron derechos fundamentales recogidos en la Ley Foral 17/2010 de derechos y deberes en materia de salud, que garantiza una asistencia sanitaria integral y sin discriminación de ningún tipo. Además, subraya que los usuarios tienen derecho a un trato “respetuoso y adecuado” a sus circunstancias personales, tal y como también recoge la Ley estatal de procedimiento administrativo.

En su resolución, la institución recuerda al Departamento de Salud su obligación legal de garantizar que todo el personal a su servicio dispensa un trato digno, sin prejuicios ni discriminación por razones personales como la apariencia física. Además, exige que se informe en un plazo máximo de dos meses de las medidas que se adoptarán para evitar situaciones similares. De no hacerlo, el caso podría terminar mencionado en el Informe anual del Defensor del Pueblo al Parlamento de Navarra, con mención expresa del incumplimiento.

Mientras tanto, la afectada espera que su denuncia sirva para que ningún otro paciente vuelva a sentirse avergonzado por un simple tatuaje en un espacio que debería estar libre de prejuicios: la sanidad pública.

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