El Tribunal Supremo ha puesto límites al abuso de la contratación temporal en el empleo público al confirmar la condición de personal laboral fijo de una trabajadora del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra que encadenó durante más de doce años contratos administrativos temporales pese a desempeñar funciones estructurales y permanentes.
La Sala de lo Social del Alto Tribunal, en su Sentencia nº 1196/2025, de 3 de diciembre, ratifica íntegramente el fallo del Juzgado de lo Social nº 4 de Pamplona, que ya había estimado la demanda de la trabajadora y reconocido la existencia de una relación laboral fija desde el inicio de la prestación de servicios, en septiembre de 2010.
Más de una década de contratos temporales para funciones permanentes
La afectada prestó servicios como profesora de Música y Artes, en la especialidad de Piano, en el Conservatorio Profesional Pablo Sarasate de Pamplona mediante sucesivos contratos administrativos temporales desde 2010. Había accedido al puesto tras superar un proceso selectivo público, aunque sin obtener plaza, una situación común en miles de empleados públicos interinos o temporales.
La sentencia considera probado que las sucesivas contrataciones no estuvieron debidamente justificadas, que en algunos casos las resoluciones administrativas que las autorizaban se dictaron incluso después de la firma de los contratos y que la plaza nunca fue incorporada a la plantilla orgánica, pese a responder a necesidades estructurales y permanentes del servicio educativo.
El Supremo avala la vía social frente al orden contencioso
Uno de los aspectos jurídicos más relevantes del fallo es que el Tribunal Supremo no solo confirma la existencia de abuso en la contratación, sino que también avala la competencia del orden social de la jurisdicción para conocer estos casos, frente al criterio del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que había cuestionado esta vía.
El Alto Tribunal subraya que las administraciones públicas no pueden eludir la aplicación del Derecho laboral mediante el uso de contratos administrativos cuando, en la práctica, concurren todos los elementos propios de una relación laboral ordinaria. Cuando la contratación administrativa se utiliza de forma irregular para encubrir una relación laboral real, corresponde a la jurisdicción social analizar y corregir esa situación.
Un fallo con alcance para miles de empleados públicos
Desde Unive Abogados, despacho que ha analizado la resolución y que tramita habitualmente procedimientos relacionados con el abuso de la temporalidad en el sector público, destacan que esta sentencia «refuerza la protección jurídica de quienes llevan años encadenando contratos temporales en la Administración para cubrir puestos estructurales».
El pronunciamiento se suma a una línea jurisprudencial cada vez más consolidada que cuestiona las prácticas de contratación abusiva en determinadas administraciones públicas y abre la puerta a que numerosos profesionales en situaciones similares puedan reclamar judicialmente el reconocimiento de su verdadera relación laboral.
Llamamiento al asesoramiento especializado
Unive Abogados recuerda que cualquier trabajador o trabajadora del sector público que haya sufrido una situación prolongada de temporalidad injustificada, especialmente cuando desempeña funciones estructurales, puede consultar su caso con profesionales especializados para valorar posibles acciones legales y la viabilidad de una reclamación.





