Stick Noticias

El Tribunal Supremo fija criterios estrictos para la caza del lobo con el fin de proteger al ganado

La sentencia del alto tribunal confirma la anulación de las extracciones en Cantabria y exige medidas alternativas antes de abatir ejemplares.

PUBLICIDAD

  • Una manada de lobos

El Tribunal Supremo, en una sentencia con fecha de 12 de febrero de 2026, ha establecido un precedente jurídico determinante sobre la gestión del lobo ibérico en España. La Sala de lo Contencioso ha confirmado la anulación de las autorizaciones que el Gobierno de Cantabria emitió para la caza o extracción de varios ejemplares, cuyo objetivo era mitigar los daños sufridos por las explotaciones ganaderas de la región.

El alto tribunal fundamenta su decisión en que, tras la entrada en vigor de la Orden Ministerial TED/980/2021, el lobo quedó incluido en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial. Esta normativa otorga al cánido el máximo nivel de protección bajo la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, limitando drásticamente las competencias de las comunidades autónomas para autorizar su muerte.

Requisitos rigurosos para la extracción selectiva

La sentencia aclara que, aunque las comunidades autónomas mantienen competencias de gestión, cualquier medida que implique la muerte de un ejemplar debe cumplir con las pautas del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Según el Supremo, la autorización para abatir un lobo solo es legal si se demuestra que es la única solución posible para evitar ataques al ganado.

Para ello, las administraciones deben cumplir tres condiciones fundamentales:

  • Examen de alternativas: Debe existir un estudio previo que certifique que las medidas preventivas (como vallados o perros pastores) son insuficientes o inviables.

  • Estado de conservación: No basta con detectar un aumento puntual de ejemplares en un municipio; se requiere un estudio extenso que garantice que la especie goza de un buen estado de conservación en todo su territorio.

  • Muerte selectiva: Se prohíben las extracciones indiscriminadas. La actuación debe ser específica sobre individuos concretos, ya que eliminar ejemplares clave de una manada puede alterar el equilibrio del grupo.

Protección de la biodiversidad y el sector ganadero

Esta resolución del Tribunal Supremo obliga a las administraciones autonómicas a reforzar la vigilancia y la justificación técnica de sus planes cinegéticos. El fallo subraya que la protección de la biodiversidad debe prevalecer, permitiendo la intervención letal únicamente en casos excepcionales y debidamente motivados, asegurando así que el ganado cuente con protección sin poner en riesgo la supervivencia de la especie protegida a nivel nacional.

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN