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Prisión permanente revisable para un hombre por asesinar a su compañero de piso en silla de ruedas en Madrid

La Audiencia Provincial condena a Hugo Enrique U. R. por acabar con la vida de una persona especialmente vulnerable con gran brutalidad.

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a prisión permanente revisable a Hugo Enrique U. R. por el asesinato de su compañero de piso, Abbas T. El F. El tribunal, tras el veredicto de culpabilidad emitido por unanimidad por un jurado popular, considera probado que el acusado acabó con la vida de la víctima, quien padecía una grave discapacidad física, de forma sorpresiva y sin posibilidad de defensa.

Los hechos ocurrieron la mañana del 30 de julio de 2024 en una vivienda del Bulevar de la Naturaleza, en el distrito de Vallecas. El agresor utilizó un cuchillo de cocina para asestar múltiples puñaladas a la víctima mientras esta se encontraba sentada en su silla de ruedas. El informe forense detalló heridas de hasta 20 centímetros de profundidad en zonas vitales como el cuello y el tórax, alcanzando una de ellas el corazón y provocando un shock hemorrágico fatal.

Alevosía y especial vulnerabilidad

La sentencia subraya que el acusado actuó con alevosía, aprovechándose de la movilidad reducida de su compañero debido a un síndrome medular. Esta circunstancia de especial vulnerabilidad, conocida por el agresor, eleva la calificación del delito a asesinato agravado. Según el Código Penal, la concurrencia de estos elementos obliga a la imposición de la pena máxima prevista en el ordenamiento español.

Aunque el condenado acudió voluntariamente a la comisaría de Puente de Vallecas horas después del crimen para confesar los hechos, la magistrada-presidenta del tribunal ha dictaminado que la atenuante de confesión no impide la prisión permanente revisable. La ley establece esta sanción de carácter imperativo cuando la víctima es una persona especialmente desprotegida por razones de enfermedad o discapacidad.

Responsabilidad civil e indemnizaciones

Además de la pena privativa de libertad, el fallo impone al condenado el pago de importantes indemnizaciones en concepto de responsabilidad civil. Deberá abonar cerca de 100.000 euros a cada uno de los dos hijos menores de la víctima y a su viuda, así como 16.500 euros a la hermana del fallecido.

La resolución judicial aún no es firme y cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

 

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