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Chabaneix Abogados evita la extradición a Ucrania de un activista anticorrupción ucraniano

El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el máximo órgano colegiado del tribunal, ha rechazado entregar a Ucrania a un videobloguero...

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El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el máximo órgano colegiado del tribunal, ha rechazado entregar a Ucrania a un videobloguero opositor acusado de facilitar la huida de un compatriota para eludir el servicio militar, al concluir que los hechos no constituyen delito en España y no se cumple el principio de doble incriminación normativa

El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha estimado el recurso de súplica interpuesto por la defensa y ha denegado la extradición a Ucrania de un conocido videobloguero y activista anticorrupción ucraniano, al que las autoridades de ese país califican de prorruso. La resolución revoca la decisión adoptada en primera instancia por la Sección Cuarta del mismo tribunal.

Las autoridades ucranianas solicitaban la entrega del reclamado bajo la acusación de traslado ilegal, al haber organizado presuntamente la salida de Ucrania de un compatriota con el fin de que este evitara ser reclutado para el servicio militar en el marco del conflicto armado en curso.

La defensa, ejercida por el abogado Miguel Gálvez Kozlovski, del despacho Chabaneix Abogados Penalistas, planteó varios motivos de oposición: la ausencia de doble incriminación normativa, la persecución política encubierta bajo la apariencia de un delito común, el riesgo sistémico de sufrir tratos inhumanos o degradantes en las cárceles ucranianas y la imposibilidad de garantizar un juicio justo dado el perfil político del reclamado en un contexto bélico.

En primera instancia, la Sección Cuarta había desestimado estas alegaciones al considerar que los hechos descritos por Ucrania eran equiparables al delito de inmigración clandestina previsto en la legislación española. Sin embargo, el Pleno de la Sala de lo Penal ha revertido ese criterio al apreciar que dicha equivalencia no concurre: los hechos investigados no se refieren a la entrada en España ni al tránsito por territorio español o de la Unión Europea, sino a la salida de Ucrania. Además, el afectado era nacional ucraniano, por lo que no le resulta aplicable la normativa española de extranjería. Por último, el bien jurídico protegido en el tipo penal español —el control de los flujos migratorios— no guarda relación con el propósito de eludir el reclutamiento militar que motiva los hechos enjuiciados.

Al concluir que no se cumple el requisito de doble incriminación normativa, el Pleno consideró innecesario pronunciarse sobre los restantes motivos de oposición alegados por la defensa.

Sobre Chabaneix Abogados Penalistas Despacho fundado en 2006 con dedicación exclusiva al derecho penal económico y las extradiciones internacionales, con presencia consolidada ante la Audiencia Nacional. Su fundador, Luis Chabaneix, es experto en extradiciones y abogado recomendado por las embajadas de Estados Unidos, Canadá, Francia y Bélgica. El equipo incorporó recientemente a Carlos Bautista Samaniego, exfiscal de la Audiencia Nacional durante más de 30 años y supervisor de más de 1.000 procedimientos de extradición, autor del manual de referencia 'Procedimiento de extradición pasiva'. Chabaneix Abogados es hoy la referencia en España en materia de extradiciones internacionales.

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