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Confirman la condena a dos hombres por agredir a un vecino tras una discusión por un patinete en Palma de Mallorca

El tribunal señala que no se advierte la existencia de una agresión ilegítima hacia el menor

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La Audiencia Provincial de Balears ha rechazado el recurso presentado por dos hombres condenados por agredir a un vecino en Palma, ratificando la pena de multa de 360 euros para cada uno y la obligación de indemnizar con 150 euros a la víctima por las lesiones causadas.

Los hechos se remontan a cuando el denunciante creyó reconocer en la vía pública un patinete eléctrico similar al que le habían robado cuatro meses antes. Tras interceptar a un menor que lo conducía y pedirle comprobar el número de serie, decidió avisar a la policía.

Según recoge la sentencia, poco después se congregaron en el lugar una decena de personas, entre ellas los dos acusados, vecinos del menor, quienes comenzaron a increpar al denunciante para que dejara al niño “en paz”, asegurando que el patinete era de su propiedad. La situación derivó en una agresión en la que la víctima fue empujada y recibió varios puñetazos, sufriendo contusiones en la cara y en la mano izquierda.

Finalmente, se comprobó que el patinete no pertenecía al denunciante.

El tribunal considera acreditados los hechos y avala la valoración realizada por la jueza de instancia, subrayando que sus argumentos son “lógicos y racionales” y se ajustan al resultado de la prueba practicada en el juicio. Además, el informe forense respalda la versión de la víctima, al describir lesiones compatibles con el relato de la agresión.

En cuanto a la alegación de legítima defensa planteada por los condenados, los magistrados descartan su aplicación al entender que no existió una agresión ilegítima previa por parte del denunciante ni una necesidad real de defensa.

 

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