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Condenan a cuatro meses de prisión a una mujer por intentar quemar un confesionario durante una misa en Burgos

La Audiencia Provincial de Burgos suspende la pena de cárcel con la condición de que la acusada reciba tratamiento para su esquizofrenia

  • Palacio de Justicia de Burgos

La Audiencia Provincial de Burgos ha dictado una sentencia de conformidad por la que condena a cuatro meses de prisión a una mujer que intentó prender fuego a un confesionario. Los hechos ocurrieron en la céntrica iglesia de San Lorenzo el Real, en la capital burgalesa, en un momento en el que el templo se encontraba concurrido por fieles.

El tribunal ha tipificado la acción como un delito contra los sentimientos religiosos. A pesar de la pena de cárcel impuesta, los magistrados han acordado la suspensión de la ejecución de la pena de prisión. Esta medida queda sujeta al cumplimiento estricto de varias condiciones de obligado cumplimiento durante los próximos dos años por parte de la procesada.

Brote psicótico y seguridad en los templos de culto católico

El suceso se desencadenó la tarde del 9 de marzo de 2025, concretamente a las 20:43 horas, coincidiendo con la celebración de una eucaristía ante unos 350 feligreses. Según recoge la resolución judicial, la mujer accedió al interior del templo sufriendo un brote psicótico derivado de la esquizofrenia paranoide que padece de forma crónica. Con el objetivo de alterar el normal desarrollo del acto litúrgico, la acusada se introdujo en uno de los confesionarios portando una mochila llena de papeles, a los que prendió fuego dentro del habitáculo.

El incidente no derivó en daños materiales de gravedad ni en afecciones personales debido a la rápida intervención de un sacerdote, quien detectó el inicio del fuego y logró sofocar las llamas de manera inmediata. Durante la fase de instrucción del caso, el Juzgado de Instrucción número 1 de Burgos ya había dictado una medida cautelar que impedía a la investigada aproximarse a los centros de culto católico de la ciudad.

Tras el acuerdo alcanzado entre las partes personadas en el procedimiento, la condena definitiva obliga a la mujer a no delinquir en el plazo de dos años, le prohíbe el acceso a iglesias de Burgos y le impone la obligatoriedad de someterse a controles periódicos y a un tratamiento médico psiquiátrico para controlar su patología. Al haber conformidad, la sentencia ya es firme.

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