La Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Pamplona ha estimado la demanda de una trabajadora de Mercadona y ha declarado que la baja por ansiedad que inició el 21 de octubre de 2022 debe considerarse derivada de accidente de trabajo. La resolución reconoce el carácter profesional de la incapacidad temporal al establecer una relación causal entre el trastorno y las condiciones laborales en el centro de Burlada.
Según los hechos recogidos en la sentencia, el cuadro ansioso tuvo su origen en un conflicto sostenido con una nueva coordinadora del establecimiento. El fallo describe una dinámica prolongada de presión psicológica, con episodios de broncas constantes, descalificaciones, malas caras y retirada del saludo, que habrían contribuido a generar un ambiente hostil. La resolución alude, además, a situaciones similares referidas por otras personas trabajadoras del centro.
Esta sentencia se suma a otras actuaciones relacionadas con las condiciones laborales en el mismo establecimiento. La Inspección de Trabajo impuso a Mercadona una sanción administrativa de 7.501 euros por una falta muy grave vinculada a conductas que afectaban a la dignidad de la plantilla. Además, el Juzgado de lo Social número 2 de Pamplona declaró nulo el despido de otra trabajadora del mismo centro y condenó a la empresa a indemnizarla por vulneración de derechos fundamentales.
El sindicato ELA y la Fundación Bidelagun han valorado positivamente la sentencia y consideran, según indican, que contribuye a visibilizar el clima laboral que se vive en Mercadona. Ambas organizaciones señalan la existencia de fuertes presiones sobre la plantilla, trato denigrante hacia las trabajadoras y represalias contra quienes denuncian estos comportamientos.









